Discrecional (in) justicia: el ejercicio de la discrecionalidad en las solicitudes de asilo Kate aschenbrenner

MARIO MENDOZA CASTILLO

Resumen


La Ley de Inmigración y Nacionalidad Sección 208 (a), establece que a los solicitantes se les podrá conceder a quien cumpla con la definición
de refugiado, es decir, alguien que ha sido perseguid@ o tiene un temor bien fundado de persecución en el futuro en su país, por motivos de raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un determinado grupo social. El asilo es una forma discrecional de alivio, lo que significa que el gobierno de Estados Unidos no está obligado a conceder el asilo a todos los refugiados, sino que puede decidir si desea o no hacerlo.


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ISSN Impreso 0124-0102

ISSN Electrónico 2390-0202

Revista de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Libre Seccional Barranquilla

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